¿Cómo hacer carnet de pesca?
¿Cómo renovar permiso de pesca?
¿Cuál es el valor de la licencia de pesca?
¿Cuánto vale la licencia de pesca en Murcia?
¿Cuánto cuesta la licencia de pesca en Andalucía?
¿Cómo sacar la licencia de pesca en Extremadura?
Resuelve tus dudas con nuestra guía para obtener las Licencias de Pesca en el Reino de España.
Índice
Andalucia
La pesca marítima de recreo de especies marinas se realiza por ocio o deporte, sin ánimo de lucro ni interés comercial y con útiles e instrumentos no profesionales.
Existen distintos tipos de licencias para pescar desde tierra, con embarcación, o realizar pesca submarina. Además de poseer esta licencia, las personas que realicen esta actividad deben respetar una serie de restricciones en cuanto al volumen de capturas, las tallas mínimas, las temporadas y las especies permitidas.
¿Dónde es válida la licencia de pesca de Andalucía? Según viene en la documentación oficial:
La presente Orden tiene por objeto el desarrollo del Decreto 361/2003, de 22 de diciembre, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas interiores, en relación con:
a) La expedición de las licencias que autorizan a su titular a la práctica de la pesca marítima de recreo, en cualquiera de sus clases, en el litoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
b) La expedición de autorizaciones para la pesca, en aguas interiores, de determinadas especies, condiciones y topes máximos de captura.
Presencial: Sin certificado digital
Este método es válido para todas las clases de licencias (1-2-3-4) siendo el único método para las licencias de:
–Clase 3: Colectiva desde embarcación
–Clase 4: Pesca submarina.
Pasos a seguir:
1º Imprimir y rellenar el impreso de licencia de pesca con los datos necesarios para presentar en la administración de forma presencial:
2º Imprimir y rellenar el impreso 046 de las tasas de la licencia para pagar en la entidad bancaria correspondiente:
-La mayoría de edad se acreditará mediante la aportación del Documento Nacional de Identidad, documento que se asimile al mismo expedido por el país correspondiente o pasaporte, que se encuentren en vigor.
-La autorización de la persona que ostente la patria potestad o tutela del menor, se acreditará mediante la cumplimentación del correspondiente apartado de la solicitud que figura en el Anexo I de la presente Orden.
-En caso de renovación de la licencia, además de los documentos relacionados, se acompañará de una copìa de la anterior, ya caducada o próxima a caducar.
Y para las licencias siguientes, además a estos formularios, a la hora de presentar las solicitudes en la administración de agricultura y pesca, se debe añadir documentación complementaria:
Clase 3: Pesca desde Embarcación
-La acreditación de la embarcación desde la que se pretenda la práctica de este tipo de pesca se efectuará mediante la aportación de la hoja de asiento de la embarcación, que deberá pertenecer a la lista sexta o en su caso, la que corresponda según la normativa vigente sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo, o documento equivalente para las embarcaciones de la Unión Europea y de otras banderas.
-La mayoría de edad se acreditará mediante la aportación del Documento Nacional de Identidad, documento que se asimile al mismo expedido por el país correspondiente o pasaporte, que se encuentren en vigor.
-La autorización de la persona que ostente la patria potestad o tutela del menor, se acreditará mediante la cumplimentación del correspondiente apartado de la solicitud que figura en el Anexo I de la presente Orden.
Clase 4: Pesca Submarina
-Para la obtención de la licencia de pesca marítima de recreo de clase 4, la acreditación de reunir las condiciones físicas necesarias para poder practicar la pesca marítima de recreo submarina a pulmón libre, se efectuará mediante la aportación de un consentimiento firmado al momento de realizar la licencia.
Puedes obtener este consentimiento imprimiendo el documento del siguiente enlace:
https://drive.google.com/file/d/1Ndc6CbLGEI29Sb7_CsNCnqvfH-b5BIBG/view?usp=sharing
-La mayoría de edad se acreditará mediante la aportación del Documento Nacional de Identidad, documento que se asimile al mismo expedido por el país correspondiente o pasaporte, que se encuentren en vigor.
-La autorización de la persona que ostente la patria potestad o tutela del menor, se acreditará mediante la cumplimentación del correspondiente apartado de la solicitud que figura en el Anexo I de la presente Orden.
¿Donde presentar los documentos fisicos?
Telemático: Con certificado digital
Este apartado sólo está disponible para las licencias de pesca de:
–Clase 1: Pesca desde tierra.
–Clase 2: Desde embarcación.
Siendo necesario para los trámites de dichas licencias lo siguiente:
-Certificado digital para solicitar, pagar y presentar la tasa 046 y así obtener o renovar la licencia de pesca.
-Presentar los requisitos técnicos para acceder a la oficina virtual en su ordenador. Puede comprobar si cumple los requisitos en el siguiente enlace:
http://www.juntadeandalucia.es/economiayhacienda/apl/surweb/ayuda/requisitosTecnicos.jsp
De ser así podrá cumplimentar los trámites y el pago en el siguiente enlace:
Asturias
La pesca marítima de recreo de especies marinas se realiza por ocio o deporte, sin ánimo de lucro ni interés comercial y con útiles e instrumentos no profesionales.
Existen distintos tipos de licencias para pescar desde tierra, con embarcación, o realizar pesca submarina. Además de poseer esta licencia, las personas que realicen esta actividad deben respetar una serie de restricciones en cuanto al volumen de capturas, las tallas mínimas, las temporadas y las especies permitidas.
La Licencia de pesca de Asturias es la habilitación para poder pescar en los diferentes recursos fluviales y marítimos del Principado con validez de uno a cinco años.
Los tipos de licencia son Fluviales o Marítimas:
Fluviales: Autonómica e Interautonómica.
Marítimas: De costa, de embarcación y submarina.
¿Quiénes pueden solicitar la licencia?
Todos los pescadores nacionales o extranjeros que cumpliendo los requisitos, queramos pescar en el Principado, incluidos los menores de 14 años acompañados y que no estemos inhabilitados para ello por resolución judicial.
Licencia fluvial o de río
Nuestra licencia de pesca de Asturias nos permite pescar en las aguas marítimas jurisdiccionales del Principado.
Es importante tener presente que para todas las licencias de pesca tenemos que cumplir los siguientes requisitos:
-DNI: Ser mayor de 18 años o contar con autorizaciones de nuestros tutores legales si se es menor de edad.
-Tarjeta de Crédito o Débito para tramitar las tasas.
Podemos pedir una exención en las tasas si cumplimos alguno de estos requisitos:
-Mayor de 65 años.
-Incapacidad permanente absoluta.
-Soy pensionista con más de 35 años de cotización a la Seguridad Social.
En Asturias disponemos de varios tipos de licencia según la pesca de trucha o pesca de salmón en ambas está la posibilidad de pescar reos.
-Licencia de Trucha (Incluye la pesca de reo).
-Licencia de salmón (Incluye poder pescar trucha y reo).
-Licencia interautonómica.
-Licencias con tasas reducidas para menores de 16 años.
Licencia de pesca marítima
Nuestra licencia de pesca de Asturias nos permite pescar en las aguas marítimas jurisdiccionales del Principado.
Es importante tener presente que para todas las licencias de pesca tenemos que cumplir los siguientes requisitos:
-DNI: Ser mayor de 18 años o contar con autorizaciones de nuestros tutores legales si se es menor de edad.
-Tarjeta de Crédito o Débito para tramitar las tasas.
Podemos pedir una exención en las tasas si cumplimos alguno de estos requisitos:
-Mayor de 65 años.
-Incapacidad permanente absoluta.
-Soy pensionista con más de 35 años de cotización a la Seguridad Social.
Documentación específica para la Licencia de pesca submarina:
-Certificado médico oficial*.
-Seguro de accidentes y responsabilidad civil durante la vigencia de la licencia.
-Aptitudes físicas acorde a los requerimientos de esta especialidad de pesca y si vamos a pedir la de embarcaciones.
-Certificado de navegabilidad.
*Para la obtención de la licencia de pesca marítima submarina, se debe entregar la acreditación de reunir las condiciones físicas necesarias para poder practicar la pesca marítima de recreo submarina a pulmón libre.
Esto se efectuará mediante la aportación de un consentimiento firmado al momento de realizar la licencia.
Puedes obtener este consentimiento imprimiendo el documento del siguiente enlace:
https://drive.google.com/file/d/1Ndc6CbLGEI29Sb7_CsNCnqvfH-b5BIBG/view?usp=sharing
-La mayoría de edad se acreditará mediante la aportación del Documento Nacional de Identidad, documento que se asimile al mismo expedido por el país correspondiente o pasaporte, que se encuentren en vigor.
-La autorización de la persona que ostente la patria potestad o tutela del menor, se acreditará mediante la cumplimentación del correspondiente apartado de la solicitud.
La documentación específica para la Licencia de pesca desde embarcaciones de 6ª es la siguiente:
-Indicación del número de personas para las que solicita el servicio.
-Rol de la embarcación.
-Certificado de navegabilidad.
-Si es una persona jurídica (Tarjeta acreditativa del Número de Identificación Fiscal).
Presencial: Sin certificado digital
Tenemos que seguir los siguientes pasos:
1º Descargar la solicitud correspondiente y cumplimentarla adecuadamente. Si es un menor de edad se identifica a su tutor o representante legal.
Pulsa aquí para descargar la solicitud pesca fluvial
Pulsa aquí para descargar la solicitud de pesca marítima
2º Abonar la tasa correspondiente mediante el modelo normalizado 046 en alguna de las entidades financieras colaboradoras del Principado. Puedes descargar el formulario en el siguiente enlace:
3º Cuando la hayamos abonado tendremos que llevar el original sellado junto con el DNI, la autorización (si es menor) y/o la declaración responsable de no estar inhabilitado (si vamos a pedir la licencia interautonómica) a la siguiente dirección:
Consejería de Desarrollo Rural, Agroganadería y Pesca Negociado de Pesca
C/ Trece Rosas 2, planta plaza 33005 Oviedo
Telemático: Sin certificado digital
En este caso para tramitar las diferentes licencias de pesca podemos acceder al formulario a través del siguiente enlace:
Pesca maritima: https://www62.asturias.es/licencias-mar/#/solicitud
En este caso podremos rellenar nuestros datos y pagar la licencia deseada a través de una tarjeta de crédito.
Una vez completamos el proceso, la licencia de pesca nos llegará a través del email facilitado en el formulario.
Baleares
La Licencia de pesca de Baleares, es el permiso obligatorio para poder pescar en los diferentes recursos marítimos y fluviales de las Islas, con validez de uno a tres años.
Los tipos de licencia son Fluviales o Marítimas:
Fluvial solo existe una y se llama FP1.
Marítimas: Recreativa, Recreativa colectiva, Deportiva y Submarina.
¿Quiénes pueden solicitar la licencia?
Todos los pescadores nacionales o extranjeros que cumpliendo los requisitos, queramos pescar en las Islas Baleares, incluidos los menores de 14 años acompañados y que no estemos inhabilitados para ello por resolución judicial.
Licencia fluvial o de río
La licencia fluvial solo se puede pedir de manera presencial en las diferentes oficinas que nombraremos en el apartado «Presencial: Sin Certificado Digital».
Licencia de pesca marítima
Nuestra licencia de pesca de Baleares nos permite pescar en las aguas marítimas jurisdiccionales de las Islas.
Se pueden obtener 4 tipos de licencias de pesca recreativa:
-Pesca Submarina
-Recreativa
-Recreativa colectiva
-Deportiva
Licencia de Pesca Submarina
La licencia de pesca recreativa submarina es la habilitación obligatoria, nominativa e intransferible que necesitamos para poder practicar la pesca submarina en Baleares.
La vigencia de la licencia es de un año y podemos obtenerla a partir de 16 años, con autorización de nuestros tutores legales.
Los jubilados están exentos de pago.
Para obtener este tipo de licencias necesitaremos:
-DNI, NIE o Pasaporte.
-Certificado médico acreditativo de la idoneidad para poder practicar la pesca submarina.
-Solicitud cumplimentada que puedes descargar en el siguiente enlace:
https://www.caib.es/seucaib/ca/arxiuServlet?id=5082014
-Justificante original de haber pagado la tasa del modelo 046 al que puede acceder en el siguiente enlace:
https://www.atib.es/TA/Modelos/Modelo.aspx?m=046&idConcepto=9809&lang=es
-Seguro de responsabilidad civil o tarjeta federativa para la práctica de la pesca submarina.
-Si somos jubilados el documento que nos acredite como tales.
-Si somos menores la autorización de nuestros tutores legales.
Licencia marítima recreativa para embarcación
La licencia de pesca marítima para embarcación recreativa es la habilitación obligatoria, nominativa e intransferible que necesitamos para poder practicar la pesca recreativa, desde embarcaciones con bandera de España, de Sexta y Séptima clase.
Las licencias se expiden para tres años.
Necesitaremos los siguientes documentos:
-DNI, NIE o Pasaporte.
-Solicitud cumplimentada que puede obtener en el siguiente enlace:
https://www.caib.es/seucaib/ca/arxiuServlet?id=5082021
-Licencia de navegación actualizada donde aparezcan Armador / Propietario y los datos específicos de la embarcación.
-Justificante original de haber pagado la tasas del modelo 046 que puede obtener en el siguiente enlace:
Embarcaciones hasta 6 metros de eslora
Embarcaciones de más de 6 metros de eslora
-El importe de esta tasa depende del tamaño de nuestro bote o embarcación.
Licencia de pesca marítima recreativa individual
La Licencia de pesca marítima recreativa individual es la habilitación obligatoria, nominativa e intransferible que necesitamos para poder practicar la pesca recreativa desde la costa o con artefactos flotantes que no sean embarcaciones.
La vigencia de la licencia es de 3 años y se pueden pedir desde los 14 años con autorización de los tutores legales.
Necesitaremos los siguientes documentos:
-DNI, NIE o Pasaporte.
-Solicitud cumplimentada que puedes descargar en el siguiente enlace:
https://www.caib.es/seucaib/ca/arxiuServlet?id=5082014
-Justificante original de haber pagado la tasa del modelo 046 al que puede acceder en el siguiente enlace:
https://www.atib.es/TA/Modelos/Modelo.aspx?m=046&idConcepto=9808
-Si somos jubilados el documento que nos acredite como tales.
-Si somos menores la autorización de nuestros tutores legales.
Licencia de pesca marítima deportiva
La Licencia de pesca marítima deportiva, es la habilitación obligatoria, nominativa e intransferible, que necesitamos para poder practicar la pesca deportiva, en competiciones deportivas en las Islas Baleares.
Sólo tiene un año de vigencia y sólo se puede tramitar vía presencial.
Necesitaremos los siguientes documentos:
-DNI, NIE o Pasaporte.
-Solicitud cumplimentada que puedes descargar en el siguiente enlace:
https://www.caib.es/seucaib/ca/arxiuServlet?id=2408489
-Licencia federativa de pesca en vigor del club de pesca al que representamos.
Presencial: Sin certificado digital
Es la única vía de presentación de los documentos de las licencias de pesca nombradas a continuación:
-Fluvial
-Pesca Submarina
-Recreativa marítima colectiva
-Deportiva marítima
Para la entrega de los documentos que hemos recopilado para la solicitud de nuestras licencias de pesca debemos de dirigirnos a alguna de las oficinas oficiales que detallamos a continuación:
Telemático: Sin certificado digital
La única licencia que se puede tramitar vía online es la Licencia de pesca marítima recreativa individual.
En este caso para tramitar esta licencia de pesca podemos acceder al formulario a través del siguiente enlace:
En este caso podremos rellenar nuestros datos y pagar la licencia a través de una tarjeta de crédito.
Una vez completamos el proceso, la licencia de pesca nos llegará a través del email facilitado en el formulario.
Cataluña
La pesca marítima de recreo de especies marinas se realiza por ocio o deporte, sin ánimo de lucro ni interés comercial y con útiles e instrumentos no profesionales.
Existen distintos tipos de licencias para pescar desde tierra, con embarcación, o realizar pesca submarina. Además de poseer esta licencia, las personas que realicen esta actividad deben respetar una serie de restricciones en cuanto al volumen de capturas, las tallas mínimas, las temporadas y las especies permitidas.
¿Dónde es válida la licencia de pesca de la Comunidad Catalana? Según viene en la DOCUMENTACIÓN OFICIAL:
Esta licencia es una autorización para la práctica de la pesca recreativa (no profesional) en aguas continentales y marítimas superficiales desde tierra o desde una embarcación con cualquier utensilio autorizado para este tipo de pesca.
Se establecen los tipos de licencia siguientes para la práctica de la pesca no profesional en Cataluña:
a) Licencia de pesca recreativa desde superficie (incluye pesca continental).
b) Licencia de pesca recreativa subacuática.
c) Licencia de pesca recreativa colectiva.
Las licencias de pesca de la comunidad de Cataluña se diferencian en:
- R5: Licencia recreativa turística de un día de duración.
- R0: Licencia recreativa turística de 15 días de duración.
- R1: Licencia recreativa de un año de duración.
- R2: Licencia recreativa de dos años de duración.
- R3: Licencia recreativa de tres años de duración.
- R4: Licencia recreativa de cuatro años de duración.
- RM: Licencia recreativa de menores. Gratuita para las personas menores de 18 años. Tiene una vigencia de cuatro años.
- RJ: Licencia recreativa para personas mayores de 65 anys. Es gratuita y tiene una vigencia de cuatro años.
- RD: Licencia recreativa para discapacitados. Gratuita para personas que acrediten estar en situación de invalidez permanente total o absoluta. Tiene una vigencia de cuatro años.
Las personas menores de 18 años deberán presentar la autorización del padre/madre/tutor legal para poder obtener la licencia.
Las licencias R5, R0, R1, R2, R3 y R4 caducan una vez finalizado su respectivo período de vigencia, o en su defecto, al cumplir los 65 años.
El período de vigencia de todos los tipos de licencias comienza a contar desde el día que se realiza el pago de la misma.
Permisos zona de pesca controlada
Para pescar en una zona de pesca controlada (ZPC), se debe estar en posesión del correspondiente permiso de pesca. Las tasas varían en función de la clasificación del tramo de pesca donde se quiera pescar, de la modalidad (con muerte o sin muerte) y de la durada (diario, semanal o anual).
Se aplican descuentos a las personas federadas a la Federación Catalana de Pesca Deportiva y Casting (FCPEiC) y a las asociadas a los Clubs de Pesca que colaboran en la gestión de la zona.
Tipos de permisos ZPC
- Salmónidos: El permiso es siempre diario y puede ser con o sin muerte.
- Intensivos: El permiso es siempre diario y puede ser con o sin muerte.
- Ciprínidos: El permiso puede ser diario, anual, y únicamente en la ZPC de Riba-roja y Flix (matrícula EB-01) también semanal. En todos los casos es siempre sin muerte (para las especies autóctonas).
La tramitación de la licencia y el permiso por medios telemáticos (internet) cuenta con una bonificación del 10% del importe.
Antes de planificar una salida de pesca y pagar la tasa del permiso correspondiente, se recomienda consultar los caudales circulantes de los ríos o el estado de los embalses, en función de donde se quiera ir a pescar.
Encontraréis esta información en el web de la Agencia Catalana del Agua (cuencas internas de Catalunya) o Confederación Hidrográfica del Ebro (cuenca del Ebro).
También se aconseja consultar la previsión del tiempo en el web del Servicio Meteorológico de Catalunya.
Para obtención de los permisos ZPC se puede realizar tanto de manera presencial como telemática, donde puede acceder desde el siguiente enlace:
Presencial: Sin certificado digital
De manera presencial se podrán obtener todo tipo de licencias. Siendo la única vía de obtener la licencia de pesca recreativa colectiva:
¿Donde presentar los documentos físicos?
Se puede dirigir a diversos sitios:
- Oficinas comarcales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Servicios Centrales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en Barcelona (Gran Via)
- Servicios territoriales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (excepto Barcelona)
- Oficina de Atención Ciudadana en Girona (en esta oficina se puede pedir cita previa para hacer el trámite).
- Por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El pago de las tasas se puede realizar en las mismas oficinas donde se realizan los trámites mediante:
-Tarjeta de crédito.
-Carta de pago que se proporcionará en la oficina.
Documentación a entregar en oficinas
-Solicitudes de licencias que podrán obtener en las mismas oficinas.
-DNI en vigor.
Y para las licencias siguientes, además a estos formularios, a la hora de presentar las solicitudes en la administración de agricultura y pesca, se debe añadir documentación complementaria:
Licencia de pesca recreativa colectiva:
-NIF de la sociedad y el DNI del administrador/a.
-Despacho de la embarcación y certificado de navegabilidad.
-Documento en el que se concreta el número máximo de acompañantes. Este hecho puede indicarse en el mismo formulario de solicitud.
-Copia del seguro de la embarcación.
Licencia de pesca recreativa subacuática:
-Certificado médico oficial donde se haga constar que la persona solicitante reúne las condiciones físicas necesarias para la práctica de la pesca subacuática.
En el caso de no necesitar un certificado médico, será necesario presentar una declaración jurada del estado físico del pescador la cual puedes descargar en el siguiente enlace:
https://drive.google.com/file/d/1Ndc6CbLGEI29Sb7_CsNCnqvfH-b5BIBG/view?usp=sharing
-Si la persona solicitante es menor de 16 años, autorización expresa de su representante legal, fotocopia del DNI del mismo/a y fotocopia del libro de familia o del certificado del Registro Civil que acredite la representación legal.
Telemático: Sin certificado digital
Para las licencias vía telemática para la comunidad de Cataluña de:
–Pesca submarina
-Pesca sin muerte
–Pesca desde superficie
Debe de rellenar el formulario y pagar las tasas a través del siguiente enlace:
En este caso, no será necesario un certificado digital para realizar dichos tramites.
Comunidad valenciana
La pesca marítima de recreo de especies marinas se realiza por ocio o deporte, sin ánimo de lucro ni interés comercial y con útiles e instrumentos no profesionales.
Existen distintos tipos de licencias para pescar desde tierra, con embarcación, o realizar pesca submarina. Además de poseer esta licencia, las personas que realicen esta actividad deben respetar una serie de restricciones en cuanto al volumen de capturas, las tallas mínimas, las temporadas y las especies permitidas.
¿Dónde es válida la licencia de pesca de la Comunidad Valenciana? Según viene en la DOCUMENTACIÓN OFICIAL:
Artículo 1. Objeto
El presente decreto tiene como objeto regular el ejercicio de la pesca
marítima de recreo en aguas interiores de la Comunitat Valenciana.
Presencial: Sin certificado digital
Este método es válido para todas las licencias de todas las modalidades de pesca, tanto marítima como continental.
Pasos a seguir para la pesca marítima:
1º Imprimir y rellenar el siguiente formulario:
https://www.gva.es/downloads/publicados/IN/26067_BI.pdf
2º Imprimir y pagar las TASAS del modelo 046 y presentarlo en la entidad bancaria correspondiente:
Además también se deberá presentar la siguiente documentación:
-Documentación acreditativa e identificativa del solicitante y, en su caso, de su representante legal. Para personas físicas no será necesario presentar el DNI, siempre que en la solicitud se autorice a la Administración a consultar los datos.
-Autorización del tutor legal, cuando el solicitante sea menor de edad no emancipado (se aportará copia del DNI o pasaporte de la persona que autoriza).
-Los ciudadanos extranjeros que no posean permiso de residencia o no se encuentren en la obligación de tramitar el número de identificación de extranjeros deberán presentar copia del pasaporte.
-Las personas jurídicas deberán presentar copia de la tarjeta de identificación fiscal.
Quienes soliciten licencia de pesca marítima recreativa desde embarcación también deberán aportar:
-Documento oficial acreditativo de las características de la embarcación y titularidad de la misma. En caso de arrendamiento, se deberá aportar copia del contrato, acreditando la liquidación de los impuestos correspondientes.
Quienes soliciten licencia de pesca marítima recreativa submarina también deberán aportar:
–Certificado médico oficial, expedido por médico especialista en medicina subacuática e hiperbárica, de reunir las condiciones físicas necesarias para practicar actividades subacuáticas.
-En el caso que no sea necesario el certificado médico y si una declaración jurada del estado físico del pescador, la puedes encontrar en el siguiente enlace:
https://drive.google.com/file/d/1Ndc6CbLGEI29Sb7_CsNCnqvfH-b5BIBG/view?usp=sharing
Para la pesca continental puede encontar todos la información para su tramitación en el siguiente enlace:
http://www.agroambient.gva.es/es/web/medio-natural/llicencies-de-caca-i-pesca
¿Donde presentar los documentos físicos?
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Preferentemente en las Oficinas Comarcales de la conselleria y en las Direcciones Territoriales de Valencia, Castellón y Alicante.
D.T. Valencia
En la dirección territorial de Valencia solo se atenderá con Cita Previa, que se puede solicitar a través del teléfono de información de la Generalitat 012 (o 963866000) o a través de internet.
El servicio que se deberá solicitar en Cita Previa es: Licencias de pesca marítima (1 cita por cada licencia).
D.T. Alicante
En la dirección territorial de Alicante solo se atenderá con Cita Previa, que puede realizarse telemáticamente en el siguiente enlace:
O llamando a los teléfonos:
965938133
965938190
O personalmente en la dirección territorial de Alicante:
C/ PROFESOR MANUEL SALA N.º 2 03003 – ALICANTE
El servicio que se deberá solicitar en Cita Previa es: Licencias de pesca marítima (1 cita por cada licencia).
O también presencialmente en los siguientes organismos:
Registro de la dirección territorial de agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural – Valencia
C/ GREGORIO GEA, 27 46009 València
Tel: 012
Registro de la dirección territorial de agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural – Alicante
C/ PROFESSOR MANUEL SALA, 2 03003 Alacant/Alicante
Tel: 012
Registro de la dirección territorial de agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural – Castellón
Telemático: Sin certificado digital
Para la tramitación de las licencias a través de internet deberán de realizarse con un certificado electrónico a través del siguiente enlace:
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como los solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la siguiente URL:
Cuando los solicitantes estén obligados a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos pero la solicitud se haga de forma presencial, se requerirá al interesado para que la presente de forma electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la presentación telemática.
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre ellos los certificados emitidos por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana (https://sede.gva.es/va/web/sede_electronica/sede_certificados), así como el sistema clave firma para las personas físicas.
Los documentos que se anexen al trámite telemático deberán ir firmados electrónicamente por las personas que, según el tipo de documento, proceda.
Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado «como va lo mío»-> «solicitudes en creación» (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).
La Generalitat de la Comunidad Valenciana a proporcionado al ciudadano una web muy bien estructurada para poder guiarte paso a paso en el tema de las tramitaciones de licencias de pesca.
En el siguiente enlace podrás acceder a ella para la pesca marítima:
Y haciendo click en el siguiente, para la pesca continental:
http://www.agroambient.gva.es/es/web/medio-natural/llicencies-de-caca-i-pesca
Galicia
Requisitos
Debe cumplir las siguientes condiciones:
-Para ser titular de una licencia de pesca marítima de recreo en superficie es necesario tener una edad mínima de 16 años. Los menores de esta edad quedan exentos, debiendo acreditar tal circunstancia documentalmente de ser requerido.
-Para ser titular de una licencia de pesca marítima de recreo submarina es necesario tener cumplidos los 16 años.
Para la solicitud vía telemática deberá disponer del correspondiente certificado digital en vigor bajo la norma X.509 V3.
Las solicitudes de obtención o renovación de la licencia de pesca marítima en superficie podrán presentarse, a elección de la persona solicitante, por vía escrita o por vía telemática de la siguiente forma:
Puede consultar toda la normativa en los siguientes enlaces:
Presencial: Sin certificado digital
Vía escrita (en soporte papel), solicitud normalizada según el ANEXO II acompañada de la documentación requerida explicada en el mismo papel.
También podrán expedirse o renovarse las licencias, en las entidades financieras en las que se realice el pago de la tasa y que suscribieran el correspondiente convenio de colaboración con la Xunta de Galicia para la tramitación de licencias de pesca marítima de recreo en superficie.
En este caso únicamente será necesario la presentación del DNI o pasaporte.
Documentación necesaria para la obtención o renovación de la licencia de pesca marítima de recreo de manera presencial.
A) Para la licencia de pesca marítima de recreo en superficie ANEXO II acompañada de la siguiente documentación:
-DNI, pasaporte o autorización para su consulta.
-Justificante del pago de la correspondiente tasa en la entidad bancaria correspondiente.
B) Para la licencia de pesca marítima de recreo submarina solicitud según el ANEXO III acompañada de la siguiente documentación:
-DNI, pasaporte o autorización para su consulta.
–Certificado médico oficial que acredite la aptitud para la práctica de la pesca submarina. Los certificados médicos que cumplan los requisitos del artículo 25 de la Orden de 14 de octubre de 1997 por la que se aprueban las normas de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas tendrán una validez de dos años. El resto de los certificados médicos se considerará que tendrán una validez de un año desde la fecha de emisión.
En el caso de no ser necesario el certificado médico hiperbárico y ser valida una declaración jurada del estado físico del pescador, la puedes obtener en el siguiente enlace:
https://drive.google.com/file/d/1Ndc6CbLGEI29Sb7_CsNCnqvfH-b5BIBG/view?usp=sharing
-Póliza de seguro de accidentes y responsabilidad civil que cubra los accidentes en que pudiese incurrir el titular de la licencia durante el período de su validez.
-Licencia de armas o tarjeta federativa que la sustituya.
-Justificante del pago de la correspondiente tasa.
-Documento que acredite el consentimiento paterno, materno o tutorial cuando el solicitante sea menor de edad no emancipado.
Para la convalidación de una licencia de pesca de recreo submarina vigente, otorgada por otra Administración pública nacional o de un Estado miembro de la Unión Europea, será necesario acercar copia de la licencia expedida por dicha Administración, acompañada del justificante de pago de la tasa correspondiente.
-Certificado médico oficial que acredite la aptitud para la práctica de la pesca submarina. Los certificados médicos que cumplan los requisitos del artículo 25 de la Orden del 14 de octubre de 1997 por la que se aprueban las normas de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas tendrán una validez de dos años. El resto de los certificados médicos se considerará que tendrán una validez de un año desde la fecha de emisión.
-Póliza de seguro de accidentes y responsabilidad civil que cubra los accidentes en que pudiera incurrir el titular de la licencia durante el período de su validez.
-Licencia de armas o tarjeta federativa que la sustituya.
-Justificante del pago de la correspondiente tasa.
-Documento que acredite el consentimiento paterno, materno o tutorial cuando el solicitante sea menor de edad no emancipado.
Tenga en cuenta lo siguiente para licencia de pesca submarina y su convalidación con otras comunidades autónomas del Estado Español.
C) Autorizaciones temporales de las embarcaciones de la 6ª lista del Registro de matrícula de buques presentarán una solicitud de conformidad con el modelo que figura en el ANEXO IV de esta orden, acompañada de la siguiente documentación:
-DNI, pasaporte o autorización de consulta.
-Fotocopia compulsada o autentificada notarialmente del rol de la embarcación.
-Fotocopia compulsada o autentificada notarialmente del despacho ante Capitanía Marítima.
-Justificante del pago de la tasa correspondiente.
¿Donde presentar los documentos físicos?
A Coruña
Xunta de Galicia, Consellería do Mar, Dirección Xeral de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnolóxica, Subdirección Xeral de Pesca e Mercados da Pesca, Servizo de Pesca.
RÚA VALIÑO, 63-65
15703 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981544072
Fax: 981544740
Xunta de Galicia, Consellería do Mar, Xefatura Territorial da Consellería do Mar da Coruña.
RÚA RAMÓN Y CAJAL, N 2 – 5º ANDAR
15006 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981182029
Fax: 981182027
Xunta de Galicia, Consellería do Mar, Xefatura Territorial da Consellería do Mar da Coruña, Oficina Comarcal do Mar en Ferrol.
PRAZA CAMILO JOSÉ CELA,S/N,
15403 Ferrol (Coruña, A)
Teléfono: 981337315
Fax: 981337318
Xunta de Galicia, Consellería do Mar, Xefatura Territorial da Consellería do Mar da Coruña, Oficina Comarcal do Mar en Ribeira.
PRAZA DOS MARIÑEIROS, S/N
15960 Ribeira (Coruña, A)
Teléfono: 881997155
Fax: 881997151
Xunta de Galicia, Consellería do Mar, Xefatura Territorial da Consellería do Mar de Lugo (Celeiro).
Xunta de Galicia, Consellería do Mar, Xefatura Territorial da Consellería do Mar de Vigo.
RÚA CONCEPCIÓN ARENAL, N 8
36201 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986817113
Fax: 986817160
Xunta de Galicia, Consellería do Mar, Xefatura Territorial da Consellería do Mar de Vigo, Oficina Comarcal do Mar en Pontevedra.
Rúa Fernández Ladreda, nº 43 – 4ª Planta
36003 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 986805470
Fax: 986805512
Email: delegación.mar.pontevedra@xunta.es
Xunta de Galicia, Consellería do Mar, Xefatura Territorial da Consellería do Mar de Vigo, Oficina Comarcal do Mar en Vilagarcía de Arousa.
Alto da Rosa s/n – Carril
36610 Vilagarcía de Arousa (Pontevedra)
Teléfono: 886206308
Fax: 886206314
Email: xefatura.cmar.vilagarcia@xunta.es
Telemático: Con certificado digital
Vía telemática (por medios electrónicos):
Podrá accederse a esta vía de presentación a través de la aplicación informática establecida en la dirección de internet. En concreto para este procedimiento:
Donde se dispondrán los medios de ayuda para la presentación de la solicitud y la obtención o renovación de la licencia.
El solicitante podrá acceder a este servicio para obtener o renovar la licencia empleando un certificado digital en vigor bajo la norma X.509 V3, según lo dispuesto en el Decreto 164/2005, de 16 de junio (DOG del 24 de junio) y modificado por el Decreto 38/2009, de 19 de febrero (DOG del 3 de marzo), por el que se regulan y determinan las oficinas de registro propias o concertadas de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia, se crea el Registro Telemático de la Xunta de Galicia y se regula la atención al ciudadano, y realizando el pago de la tasa por alguno de los procedimientos habilitados.
Murcia
La pesca marítima de recreo de especies marinas se realiza por ocio o deporte, sin ánimo de lucro ni interés comercial y con útiles e instrumentos no profesionales.
Existen distintos tipos de licencias para pescar desde tierra, con embarcación, o realizar pesca submarina. Además de poseer esta licencia, las personas que realicen esta actividad deben respetar una serie de restricciones en cuanto al volumen de capturas, las tallas mínimas, las temporadas y las especies permitidas.
¿Dónde es válida la licencia de pesca de Murcia? Según viene en la documentación oficial:
El Decreto nº 72/2016, de 20 de julio, tiene por objeto la regulación de la práctica de la pesca marítima de recreo en las aguas interiores de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Pero en la misma página oficial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia podemos encontrar la siguiente información en el apartado 3:
Los interesados en obtener las Licencias existentes para el ejercicio de la pesca marítima de recreo en aguas interiores de la Región de Murcia y todo el litoral español, podrán solicitar, tramitar y recoger estas en los siguientes Órganos Gestores….
Siendo el litoral español lo dispuesto en el Art.7 del Reglamento de Pesca Marítima de Recreo.
Antes de pasar a tramitar la licencia de pesca recreativa comprobaremos que cumplimos todos los REQUISITOS en:
https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1865&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288
Presencial: Sin certificado digital
Este método es válido para todas las clases de licencias:
-LICENCIA DE PESCA MARÍTIMA DE RECREO DESDE TIERRA
-LICENCIA DE PESCA SUBMARINA
-LICENCIA DE PESCA MARÍTIMA DE RECREO DESDE EMBARCACIÓN
-LICENCIA DE PESCA MARÍTIMA RECREATIVA COLECTIVA
-LICENCIA DE PESCA FLUVIAL
Pasos a seguir para la presentación de las licencias:
1º Imprimir y rellenar el impreso de licencia de pesca con los datos necesarios para presentar en la administración de forma presencial:
Tierra y submarina
https://dexel.carm.es/documentos/1865/41142-ANEXO%20I-06.docx
Embarcación y colectiva
https://dexel.carm.es/documentos/1865/130396-ANEXO II-04.docx
Toda la documentación necesaria a aportar para las licencias de pesca marítima la podrá encontrar aquí:
https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1865&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288
Para la pesca fluvial podrá encontrar toda la información necesaria para su trámite en el siguiente enlace:
https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1707&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288
2º Imprimir y rellenar el impreso de las tasas de pago de la licencia para pagar en la entidad bancaria correspondiente, en el siguiente enlace podrá obtener la carta de pago para la autoliquidación de las tasas:
https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=7122&IDTIPO=11&RASTRO=c$m
O bien pagando las tasas vía online en la pasarela de pago introduciendo el importe a pagar y presentarlo en la oficina correspondiente, luego imprimir el documento a presentar. Para acceder a la pasarela de pago pulsa en el siguiente enlace:
https://pasarelapago.carm.es/#/
El importe a pagar según la licencia a tramitar la podrá encontrar en el enlace:
https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=6638&IDTIPO=100&RASTRO=c280$m1269
-La mayoría de edad se acreditará mediante la aportación del Documento Nacional de Identidad, documento que se asimile al mismo expedido por el país correspondiente o pasaporte, que se encuentren en vigor.
-La autorización de la persona que ostente la patria potestad o tutela del menor, se acreditará mediante la cumplimentación del correspondiente apartado de la solicitud que figura en el siguiente enlace:
https://dexel.carm.es/documentos/1865/96188-AUTORIZACION A MENOR-03.docx
-En caso de renovación de la licencia, además de los documentos relacionados, se acompañará de una copìa de la anterior, ya caducada o próxima a caducar.
Y para las licencias siguientes, además a estos formularios, a la hora de presentar las solicitudes en la administración de agricultura y pesca, se debe añadir documentación complementaria:
Pesca desde embarcación
-Titular de una embarcación de la lista 7.ª del Registro de matrícula de buques.
Pesca desde embarcación colectiva
-Titular de una embarcación de la lista 6.ª del Registro de matrícula de buques.
-Embarcaciones que sean explotadas con fines comerciales por empresas de turismo activo, de conformidad con la Ley 12/2013, de Turismo de la Región de Murcia.
Pesca submarina
-Disponer de un consentimiento en el que expresamente se haga constar que el solicitante reúne las condiciones físicas necesarias para la práctica de la pesca submarina (nadando o buceando a pulmón libre). Lo suelen dar en la misma oficina al sacar la licencia de pesca submarina.
O bien la puede descargar en el siguiente enlace:
https://drive.google.com/file/d/1Ndc6CbLGEI29Sb7_CsNCnqvfH-b5BIBG/view?usp=sharing
-Disponer de un seguro de accidente y responsabilidad civil respecto a terceras personas durante el periodo de vigencia de la licencia.
¿Donde presentar los documentos físicos?
Los organismos oficiales para la presentación de los documentos vía presencial son los siguientes puntos:
–Consejería de Agricultura y Agua. Dirección General de Ganadería y Pesca: Plz. Juan XXIII, S/N, Murcia.
–Consejería de Agricultura y Agua. Dirección General de Ganadería y Pesca: C/Campos, nº4 Edf «foro», Cartagena.
https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=6639&IDTIPO=100&RASTRO=c280$m1269
Telemático: Con certificado digital
Para realizar la tramitación electrónica de las licencias de pesca marítima expedidas por la Región de Murcia, deberá entrar en el siguiente enlace:
https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1865&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288
Para las licencias para la pesca fluvial en el expuesto a continuación:
https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1707&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288
Siendo necesario para los trámites de dichas licencias lo siguiente:
-Necesita instalación de AutoFirma.
-Disponer de certificado digital admitido o DNI electrónico.
Si dispone de estos medios podrá realizar la tramitación de la licencia en:
https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1203&IDTIPO=241&RASTRO=c$m40288&IDPROCEDIMIENTO=1865
Donde tendrá que adjuntar en los documentos las TASAS DE PAGO según la licencia a tramitar. Para el pago podrá realizarlo en la PASARELA DE PAGO donde se expedirá un documento de resguardo del cobro. Para acceder pulsa en el siguiente enlace:
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Buenos días, tengo una duda. En el consentimiento medico para la licencia de clase 4 pone firma del instructor y del centro de buceo, pero la gran mayoría de los que hacemos pesca submarina no estamos en ningún club. ¿Cómo hacemos esto para que no nos pillen las manos por aquí?
Buenas Luis.
Cuando yo realicé la tramitación de la licencia, no fue necesario rellenar esa parte, ya que, como bien comentas no somos buzos deportivos, si no pescadores submarinos.
En mi caso, al ser menor de 45 años y no estar en ningún club, rellene las primeras hojas con las respuestas en NO y sin problema me tramitaron la licencia de pesca de clase 4 aquí en Málaga capital.
Espero que te sirva.
Un saludo y a disfrutar de la pesca 💪.
Atentamente, Eduardo Ortuño.